Me despidieron estando embarazada: ¿qué me corresponde?
La ley presume que un despido dentro de los 7 meses y medio anteriores o posteriores al parto está motivado en el embarazo o la maternidad, salvo que el empleador pruebe lo contrario. Eso genera una indemnización agravada, además de la indemnización común.
O calculá tu indemnización antes de escribir →Indemnización agravada
¿Desde cuándo estoy protegida?
La protección legal rige desde que la trabajadora notifica su embarazo al empleador (con certificado médico) y se extiende hasta 7 meses y medio después del parto. Un despido dentro de ese período se presume discriminatorio por embarazo, salvo prueba en contrario del empleador.
¿Qué indemnización corresponde?
- La indemnización común por despido (antigüedad, preaviso, proporcionales).
- Una indemnización agravada especial, equivalente a un año de remuneraciones (13 sueldos), por la presunción de despido discriminatorio.
¿Qué pasa si el despido fue 'sin causa' pero coincide con el embarazo?
Igual aplica la presunción legal. Es el empleador quien debe demostrar que el despido obedeció a una causa totalmente ajena al embarazo, y eso rara vez se logra probar.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que haber avisado formalmente que estaba embarazada?
Sí, la notificación formal (con certificado médico) es lo que activa la protección legal desde esa fecha.
¿La protección aplica también durante la licencia por maternidad?
Sí, se extiende durante toda la licencia y hasta 7 meses y medio después del parto.
¿Qué pasa si me presionan para renunciar en lugar de despedirme?
Eso también puede analizarse como un despido encubierto, y da lugar a los mismos reclamos.
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