Me despidieron estando enfermo o de licencia médica: ¿qué corresponde?
Durante una enfermedad inculpable (que no tiene relación con el trabajo), el trabajador tiene derecho a conservar su empleo y a cobrar su sueldo durante los plazos de licencia paga que fija la ley. Un despido en ese período tiene reglas especiales.
O calculá tu indemnización antes de escribir →Situaciones posibles
¿Qué protección tengo si estoy de licencia médica?
La Ley de Contrato de Trabajo (art. 208 a 213) establece que, ante una enfermedad o accidente inculpable, el trabajador conserva su empleo y cobra sueldo durante un plazo que depende de su antigüedad y cargas de familia (entre 3 y 12 meses).
¿Qué pasa si me despiden durante ese plazo de licencia paga?
Si el empleador despide sin causa durante ese período, corresponde la indemnización común más los salarios que restaban de la licencia paga.
¿Y si me despiden porque no puedo volver a trabajar tras vencer la licencia?
Si vencidos los plazos de licencia el trabajador no puede reincorporarse por la enfermedad, y no hay tareas adecuadas para reubicarlo, el art. 212 LCT prevé una indemnización especial (reducida a la mitad de la indemnización por antigüedad) para el empleador que rescinde el contrato en esas condiciones. Si en cambio la incapacidad es total y definitiva, corresponde la indemnización completa del art. 245.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que avisar a mi empleador que estoy enfermo?
Sí, hay que notificar la enfermedad y estar disponible para el control médico que la empresa puede disponer.
¿Qué pasa si mi empleador no me deja reincorporar cuando ya puedo volver?
Eso puede dar lugar a un reclamo por despido, según cómo se haya manejado la situación.
¿La ART interviene en estos casos?
No, la ART cubre accidentes y enfermedades laborales. La enfermedad inculpable (no relacionada con el trabajo) se rige por la LCT, no por la ART.
Consultanos tu situación si te despidieron estando enfermo
Contanos tu situación y te decimos qué se puede hacer.
Escribir por WhatsApp