Despido

Me despidieron en el período de prueba: ¿no me corresponde nada?

Durante el período de prueba (los primeros 3 meses) el empleador puede despedir sin pagar indemnización por antigüedad, pero eso no significa que no te corresponda nada. Hay conceptos que se deben igual, y el período de prueba tiene límites que a veces no se respetan.

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Igual te corresponde

Preaviso
SAC y vacaciones proporcionales
Registración correcta desde el día 1

¿Qué es el período de prueba?

Es el lapso inicial de la relación laboral (hasta 3 meses, o más si el convenio colectivo lo extiende) durante el cual cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin expresión de causa y sin que corresponda indemnización por antigüedad.

¿Qué me corresponde igual, aunque esté en período de prueba?

  • El preaviso, si no te avisaron con la anticipación debida.
  • El SAC y las vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.
  • La registración correcta desde el primer día — el período de prueba no exime de esto.

¿Cuándo el período de prueba deja de aplicar?

Si ya habías trabajado antes para el mismo empleador (bajo cualquier modalidad) por un período significativo, o si el período de prueba se usó de forma fraudulenta (por ejemplo, encadenando 'nuevos ingresos' para no pagar antigüedad), puede no ser válido invocarlo.

Preguntas frecuentes

¿El período de prueba se puede extender más de 3 meses?

Algunos convenios colectivos lo extienden. Conviene revisar el convenio aplicable a tu actividad.

¿Me tienen que avisar con anticipación aunque esté en prueba?

Sí, el preaviso corresponde igual, salvo que se cumpla efectivamente el aviso previo.

¿Puedo reclamar si no me registraron durante el período de prueba?

Sí, la registración es obligatoria desde el primer día de trabajo efectivo, sin excepciones por estar en prueba.

Revisemos qué te corresponde aunque estés en período de prueba

Contanos tu situación y te decimos qué se puede hacer.

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