Me despidieron sin causa: ¿qué me corresponde cobrar?
Cuando el empleador despide sin invocar una causa, la ley obliga a pagar una indemnización completa. Te explicamos exactamente qué incluye y cómo reclamarla si no te pagaron o te pagaron mal.
O calculá tu indemnización antes de escribir →Te corresponde
¿Qué es el despido sin causa?
Es la decisión del empleador de terminar la relación laboral sin invocar ningún incumplimiento por parte del trabajador. Es la forma de despido más común en Argentina, y es perfectamente legal: lo que la ley exige es que se pague la indemnización correspondiente.
¿Qué indemnización me corresponde?
Por ley (Ley de Contrato de Trabajo), el despido sin causa genera derecho a cobrar:
- Indemnización por antigüedad (art. 245): un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a 3 meses.
- Preaviso: si no te avisaron con la anticipación legal, un mes de sueldo (o dos, si tenés 5 años o más de antigüedad).
- Integración del mes de despido: los días que faltan para terminar el mes en que te despidieron.
- SAC y vacaciones proporcionales: la parte del aguinaldo y las vacaciones no gozadas hasta la fecha de despido.
Si además trabajabas sin estar registrado, o con parte del sueldo en negro, se suman multas adicionales.
¿Qué hago si no me pagaron, o me pagaron menos de lo que corresponde?
Lo primero es intimar formalmente al empleador por telegrama, exigiendo el pago dentro de un plazo. Si no responde o no paga, se puede iniciar la demanda laboral. Cuanto antes actúes, menos margen le das al empleador para diluir la prueba.
Cómo reclamamos tu indemnización
Revisamos tu caso
Antigüedad, sueldo real, forma de registración y cómo fue la desvinculación.
Calculamos lo que te corresponde
Incluyendo indemnización, preaviso, proporcionales y multas si aplican.
Intimamos y, si hace falta, demandamos
Sin que tengas que poner dinero por adelantado.
Preguntas frecuentes
¿El empleador puede despedirme sin motivo?
Sí, es legal, siempre que pague la indemnización correspondiente. Lo que no puede hacer es dejar de pagarla.
¿Tengo que firmar algo para que sea válido el despido?
No necesariamente. El despido puede notificarse por telegrama o carta documento, y es válido aunque el trabajador no firme nada.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
El plazo general es de 2 años desde que cada crédito es exigible. No conviene dejarlo pasar.
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